La obligación de efectuar un Estudio de Precios de Transferencia por operaciones entre partes relacionadas está normada en la Ley del Impuesto Sobre la Renta en los artículos 215, 216, 216-bis, 217, 86 (XII), 86 (XIII), 86 (XV), 106 y 133 (X) de la LISR y artículos 34-A, 76, 81 (XVII) y 82 (XVII) del CFF, principalmente.
En estos artículos se hace mención de la documentación comprobatoria con que deben contar quienes efectúan operaciones con partes relacionadas. Esta información se resume en conocer las funciones que desempeña, los activos que posee y los riesgos en los que incurre un contribuyente que celebra operaciones intercompañía.
En materia de Precios de Transferencia, el análisis funcional es uno de los requisitos que debe contener la documentación comprobatoria, éste es la columna vertebral de todo análisis de precios, ya que con base en éste se llevarán a cabo los demás procesos del análisis. Dichos procesos son, entre otros: identificar la empresa involucrada en la operación a la que se le aplicará el método de precios de transferencia; el tipo de comparables que se deberán buscar; la selección del método aplicable; los posibles ajustes a la información de la empresa analizada y/o a la de los comparables, y la interpretación de resultados.
En toda operación realizada entre dos o más partes relacionadas o independientes, cada parte involucrada realiza distintas funciones. De acuerdo a las funciones que cada una realiza es como se puede determinar la actividad principal de cada empresa, ahora bien, dependiendo del tipo de funciones que realice cada una será como se determinará el precio o contraprestación de la transacción.
Una vez que se han identificado las funciones que cada compañía va a realizar, se deben analizar los activos que cada una aporta a la transacción. De acuerdo con las funciones, tendrá que ser el tipo de activos con que cuenta cada compañía. Por ejemplo, si la función de una empresa es manufacturar productos, es lógico que cuente con maquinaria y equipo para llevar a cabo dicha actividad. En cambio si estuviera clasificada como distribuidora de productos, no tendría mucho sentido que dentro de su activo fijo contara con maquinaria y equipo, lo que llevaría a pensar que puede estar aplicando un proceso de transformación a los productos que distribuye y, por tanto, sus funciones serían mayores que los de una empresa meramente distribuidora.
Posterior a haber determinado las funciones de cada una de las partes y los activos correspondientes a esas funciones, es importante identificar los riesgos en que incurre cada empresa involucrada en la transacción.
En este caso, también es importante evaluar que exista congruencia entre los riesgos asumidos y las funciones y activos utilizados en la transacción. Por ejemplo, una empresa o un comisionista que le consigue compradores a su cliente, esperaría cobrar sus servicios una vez que su cliente realice una venta en la que él haya contribuido a su ejecución. Sin embargo, si el pago de sus servicios se condiciona a que el comprador final le pague a su cliente, entonces estaría asumiendo o compartiendo el riesgo de cobranza de su cliente. Si este fuera el caso, por asumir este riesgo adicional, debería cobrar un monto mayor por sus servicios al que cobraría si no estuviera absorbiendo este riesgo.
Otro ejemplo sería el caso de la empresa que mantiene altos inventarios para poder hacer frente a la demanda de sus clientes de forma inmediata, si evaluamos los riesgos en que incurre esta compañía, podremos asumir que son mayores a la empresa que compra su inventario cada vez que recibe un pedido por parte de sus clientes, pues al tener inventario en su almacén incurre en el riesgo de que éste pueda deteriorarse, volverse obsoleto, o ser robado, entre otros. Aunado a lo anterior, es importante identificar si la empresa cuenta con algún elemento para enfrentar ese riesgo, como podría ser un seguro que cubra la mercancía por diversos daños, o evaluar la naturaleza del inventario para conocer si es alto o bajo su riesgo de obsolescencia, pues dependiendo de los factores anteriores, se esperará que la empresa cubra a través del precio al que vende sus productos, los riesgos en que incurre.
Aunado a lo anterior, existen otros elementos a considerar en la elaboración del Estudio de Precios de Transferencia, entre ellos, pueden ser los términos contractuales, las circunstancias económicas y las estrategias de negocio.

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